La aplicación del PGC de Pymes es OPCIONAL. Si se opta por el Plan de Pymes deberá de hacerlo de forma completa.
Aplicabilidad del PGC PYMES
El PGC de Pymes lo pueden aplicar:
Lo pueden aplicar aquellas empresas que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre, cada uno de ellos dos de las circunstancias siguientes:
- Activo igual o inferior a 2.850.000 euros
- Cifra anual de negocios igual o inferior a 5.700.000 euros
- Número medio de trabajadores igual o inferior
Para el caso de los grupos de empresa, las cifras que se consideran son las del conjunto de empresas que forman el grupo.
Si las empresas emiten valores cotizan en la UE, formen parte
Diferencias entre PGC y PGC Pymes
Las principales diferencias entre ambos Planes son los que se indican a continuación:En cuanto a la Primera Parte (MARCO CONCEPTUAL) son sustancialmente iguales. La principal diferencia es que el Estado de Flujos de Efectivo se configura como opcional para las Pymes.
En lo que se refiere a la Segunda Parte (NORMAS DE VALORACIÓN Y REGISTRO) presenta numerosas simplificaciones del PGC Pymes respecto del PGC.
Así se han suprimido los apartados de Fondos de comercio, Instrumentos financieros compuestos, coberturas contables, pasivos por retribuciones a LP al personal, combinaciones de negocios, operaciones societarias y algunas categorías de instrumentos financieros, entre otros apartados.
En lo que se refiere a la Tercera Parte (CUENTAS ANUALES) como se ha indicado en la primera parte, el Estado de Flujos de Efectivo se configura como opcional, se simplifica el Estado de Cambios de Patrimonio Neto y los modelos de las Pymes son iguales a los modelo abreviados.
En cuanto a la Cuata y Quinta Parte (CUADRO DE CUENTAS Y DEFINICIONES Y RELACIONES CONTABLES) se han eliminado para las Pymes los grupos 8 y 9, que reflejan los gastos e ingresos imputados directamente a patrimonio y se modifica la contabilización de las subvenciones.
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